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Embargo

¿Lo amenazaron con un embargo de bienes por deudas? tiene que leer esto.

Agustin compró el departamento que quería solicitando un crédito ante una entidad bancaria, que aprobó su petición sin mayor problema, pero al pasar del tiempo se retrasó en el pago de las cuotas, sin leer lo que estipulaba el contrato crediticio sobre las consecuencias de esto.

Llegaron notificaciones por parte de la entidad sobre las cuotas vencidas y la morosidad de estas, pero Agustin estaba enfocado en resolver su situación económica sin pensar en lo que llegaría después: una demanda por embargo de bienes.

Siga leyendo y entérese de todo lo que tiene que saber sobre el embargo de bienes por deudas en México.

¿Qué es un embargo de bienes por deudas?

Un embargo es la “retención de bienes” de un deudor que ha demostrado retraso o suspensión de los pagos correspondientes a una deuda contraída con un acreedor (persona o entidad jurídica que otorga el crédito o préstamo)

En las leyes mexicanas podemos encontrar dos tipos de embargos por deudas, especificando en cada caso la naturaleza de las mismas:

  • Tenemos el embargo precautorio, que por lo general sólo ocurre cuando existe una garantía hipotecaria o cuando tenemos un bien inmueble como garantía de la deuda. Este tipo de embargo se aplica en materia tributaria o fiscal mediante un juez civil que después de un proceso judicial, da la orden de embargo.

Pero este tipo de embargo no procede en caso de deudas pequeñas como las de una tarjeta de crédito. Por ejemplo, si usted debe al Estado en tributos, unos 200 mil pesos y tiene una casa cuyo valor es de un millón de pesos, es muy difícil que se le embarguen para cubrir el pequeño monto de la deuda.

  • El embargo ejecutivo o judicial es el segundo tipo de embargo y se realiza mediante un proceso en el que un juez ordena retener los bienes del deudor, producto de una demanda originada por un acreedor con el objeto de venderlos y así saldar o liquidar la deuda impaga o incobrable.

El paso a paso de los Embargos Judiciales

Antes de realizar el embargo legal, el deudor ha debido recibir notificaciones para la cancelación de las cuotas que adeuda, ya que este proceso es la última opción a la que debe recurrir el acreedor, sin embargo sabrá que está en presencia de un embargo de bienes por deudas cuando se lleve a cabo el siguiente proceso:

  1. El acreedor realiza una demanda ejecutiva.
  2. Le notifican de esa demanda (se precisa la fecha y la hora en que se realizará el proceso judicial).
  3. Una vez que termine el proceso judicial y se determine por decisión de un juez, se procede al embargo de los bienes.
  4. El acreedor solicita un embargo con fuerza pública, si el deudor ha hecho oposición para la ejecución de la misma.
  5. Se retiran o retienen los bienes.
  6. Se rematan, bien sea ante la presencia de un martillero público o ante el juez.
  7. Obtenido el dinero por el remate, se cancela el monto de la deuda.

Empresas reparadoras de deuda: Una opción para prevenir un embargo

Claro que es posible evitar un embargo. Este tipo de empresas se especializa en brindar asesoría legal y financiera para que el deudor pueda liquidar sus deudas bajo un esquema de planificación financiera dónde y en virtud a sus ingresos se destina una parte para el ahorro.

Adicionalmente, las empresas reparadoras de deuda están capacitadas para negociar con los acreedores con la intención de conseguir descuentos sobre la deuda contraída.

Las preguntas más frecuentes sobre embargos por deudas en México

A continuación respondemos puntualmente las preguntas más frecuentes sobre el proceso de embargo por deuda que hacen los mexicanos en Internet.

¿Quién usa el embargo como medio de cobro?

Las instituciones financieras (bancos) o empresas que otorgan créditos.

¿Con qué intención se hace un embargo?

Con la intención de reclamar el pago de una deuda que no ha sido cubierta en el tiempo estipulado, ni en las cuotas fijadas.

¿Quién debe autorizar un embargo?

Un juez, por lo que es el resultado de un proceso judicial.

¿Cuándo se procede al embargo como opción de cobro?

Se procede como última opción para poder reclamar el pago de una deuda que ha sido incobrable.

¿Qué debe hacer la empresa acreedora antes de embargar bienes?

Intentar cobrar el préstamo por otras vías y notificar sobre la mora y la incobrabilidad que ha tenido para con esta.

¿Todo embargo requiere una demanda?

Si, el embargo procede luego que se ha realizado un proceso judicial donde el juez determina y dá orden del embargo; y es la empresa o personas jurídica que otorga el préstamo al deudor, quien debe interponer esta demanda.

¿Por quién debe estar firmada una orden de embargo?

Por una autoridad judicial quien supervisará el embargo de los bienes del deudor, es decir por un juez.

¿Qué bienes pueden embargarse?

Viviendas, terrenos, Joyas de valor, piezas de Arte, vehículos, animales que sirvan para la venta, muebles y enseres (Electrodomésticos), Sueldos y salarios y pensiones del deudor.

¿Qué bienes no pueden embargarse?

No deben embargarse aquellos bienes que ofrezcan dignidad al deudor como su vestimenta, alimentos, combustible, libros y otros textos que sirvan para el ejercicio profesional del deudor, bienes religiosos (Art 434 Código federal de procedimientos civiles)

¿El deudor debe estar presente para que se realice el embargo?

Efectivamente la persona deudora debe estar en su casa a la hora del embargo, pero, sí de manera intencional el deudor se niega a estar en el sitio para que el embargo no se lleve a cabo, la actividad se podrá realizar con la presencia de un testigo.

¿Qué pasa si el valor de los bienes embargados no cubre la totalidad de la deuda?

El juez puede decidir un segundo embargo a menos que la persona pruebe que no posee la cantidad y se declare en quiebra.

Sabemos que pueden surgir más preguntas acerca del embargo de bienes por deudas; como por ejemplo:

¿por cuánto dinero le pueden embargar?, ¿lo pueden embargar si no tiene nada a su nombre?, ¿pueden embargar si la persona no vive en el domicilio? ¿le pueden embargar un auto que está pagando? entre otras dudas más que podrá resolver cuando le comente su caso a uno de nuestros abogados especialistas en embargos