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Defensa de derechos laborales

El desconocimiento de los derechos laborales como trabajador en México, es una situación que muchos empleadores aprovechan para sobreexigir a los empleados y obreros sin dar todas las condiciones mínimas que la Ley establece para el desarrollo de un trabajo digno.

Es por eso que el conocimiento de los derechos laborales se debe seguir difundiendo de forma masiva entre toda la población mexicana, por esta razón hemos querido realizar un post resumiendo los derechos laborales más importantes que debe conocer toda la población laboral de México y sería ideal que comparta esta información con todos sus compañeros de trabajo.

Sus derechos están presentes desde el mismo concepto de Trabajo.

Queremos dejar claro que la Ley Federal del Trabajo (LFT) de México considera los derechos humanos laborales y destaca los valores que deben estar presentes en él, como: dignidad, decencia, respeto; inclusión, formación, seguridad, higiene, prevención de riesgos, entre otros.

Los derechos laborales como trabajador en México aseguran inclusive la autonomía en el ámbito colectivo, sindical, asociativo para que decida de cuales formará parte.

Salario: derecho irrenunciable.

El artículo 99 de la LFT define al salario como el medio de pago por la contraprestación por el servicio que un trabajador ofrece a un patrono.

Este derecho es irrenunciable y debería recibirse con fluidez de acuerdo a las políticas de la empresa, tenga en cuenta que hay trabajadores que reciben pagos semanales, quincenales, mensuales o conforme lo estipula la contratación colectiva de la empresa donde se labora.

Días no laborales.

En México existen 9 días considerados de descanso obligatorio en donde no debe laborarse y estos forman parte de uno de los derechos de los trabajadores, mismos días que se encuentran estipulados en el Artículo 74 de la LFT:

  1. El 1er día del mes de Enero de cada año;
  2. El 1er lunes del mes de Febrero;
  3. El 3er lunes del mes de Marzo;
  4. El 1ero del mes de Mayo;
  5. El día 16 del mes de Septiembre;
  6. El 3er lunes del mes de Noviembre ;
  7. El 1er día del mes de Diciembre de cada 6 años,
  8. El día 25 del mes de Diciembre, y
  9. Cualquier otro que determinen: leyes federales, locales, electorales, entre otros.

Vacaciones y Aguinaldos.

La ley estipula en su artículo 76 que podrá disfrutar de vacaciones si ya tiene más de un año laborando, el pago de las mismas no podrá ser menor a 6 días que irán aumentando progresivamente en 2 días laborables, hasta alcanzar un máximo de 12 días por año.

Los aguinaldos son pagos recibidos a final de año, equivalentes a 15 días de salario, que según el artículo 87 deben hacerse efectivo antes del día 20 del mes de Diciembre.

Sobre los aguinaldos hay dos puntos importantes a saber: el primero es que la Ley estipula 15 días como mínimo, pero se pueden encontrar empresas que paguen más días dependiendo de sus contrataciones colectivas y el segundo es que, los trabajadores con menos de un año podrán recibir pagos proporcionales al tiempo que tengan en la empresa.

Descuentos.

El trabajador tiene derecho a que respeten su salario y sólo podrán hacer descuentos en el mismo en casos particulares que se encuentran estipulados en el Artículo 110 de la LFT que mostramos a continuación:

  • Por deudas contraídas con el patrón.
  • Si recibe pagos en exceso por error de la empresa.
  • Sí causó daños en la empresa.
  • Si compro artículos producidos por la empresa.
  • Pago de la renta a que se refiere el artículo 151 que no podrá exceder del quince por ciento del salario.
  • Por préstamos con el Fondo Nacional de la Vivienda.
  • Descuentos por cajas de ahorro u otras cuotas sindicales.

Habitaciones en trabajos especiales.

Otro de los derechos laborales que estipula el artículo 136 de la LFT tiene que ver con el otorgamiento de habitaciones en trabajos ligados al área agrícola, industrial, minera o de cualquier otra clase de trabajo.

Fondos de Vivienda.

Tal como lo mencionamos anteriormente, el Fondo de Vivienda es otro de los derechos del trabajador al estar cotizando para la adquisición o construcción de una vivienda, sirviendo la empresa de intermediario para realizar este tipo de descuento, inclusive el artículo 141 de la LFT advierte que en caso de dejar de trabajar para la empresa o contar con más de 50 años de edad, podrá solicitar y gozar de las cotizaciones por Fondo de Vivienda que tenga a su favor.

Prima por antigüedad.

Si creía que este tipo de derechos de un trabajador era una especie de ruleta rusa, pues el Artículo 162 de la LFT desmiente esta creencia, ya que todos tienen derecho a este tipo de asignación sobre el salario al terminar la relación laboral, que debería otorgarse 12 días de salario por año de antigüedad.

Invenciones.

Si se encuentra en una empresa donde usted crea y diseña artículos, el trabajador tendrá derecho a que su nombre figure como autor de la invención, esto es aplicable en el caso de trabajos de investigación o de procedimientos que haya perfeccionamiento en la empresa.

Mujeres Trabajadoras.

Existen ciertos privilegios característicos del género femenino que pueden calificarse dentro de la ley como derechos laborales (Art. 170 LFT), entre ellos:

  • Disfrute de 6 semanas anteriores y 6 posteriores al parto.
  • En caso de que el bebé nacido requiera atención médica, el descanso se extenderá a 8 semanas.
  • Descansos de 30 minutos dos veces al día para lactancia por 6 meses y si la madre tuviere que dirigirse a su habitación para hacerlo se reducirá su horario de trabajo en una hora.

Trabajadoras del Hogar.

Si trabaja de manera informal en el hogar de otra persona, el Artículo 336 le ampara otorgándole un descanso de día y medio, mismos que pueden acumularse previo consentimiento de las partes en periodos de dos semanas.

Separación Laboral.

Para cerrar, mencionamos los derechos laborales como trabajador en México sobre despidos, sean justificados o no. Lo cierto es que la ley especifica el otorgamiento de indemnización de tres meses de salario, más la parte proporcional de aguinaldo, vacaciones, prima vacacional y de antigüedad, según sea el caso.

Recuerde compartir esta información con sus compañeros de trabajo, amigos y familiares que trabajen ya que todos debemos tratar de crear un mundo laboral más justo.

Si siente que alguno de estos derechos laborales ha sido vulnerado, contacte a uno de nuestros abogados en nexoabogados.com.mx que le apoyará en lograr reinvidicar sus derechos en el lugar donde trabaje o haya trabajado recientemente.